Muchas veces, como abogado, comento con mis familiares y amigos los lances y pormenores de nuestro día a día e inevitablemente eso conlleva, en ocasiones, hacer alusión al Ministerio Fiscal, también conocido como Ministerio Público o simplemente Fiscal, y son siempre muchas las dudas que surgen entorno a esta figura. Dada su vital importancia, a través de esta reseña, trataré de abordar de manera clara y sencilla, qué es, quien lo integra y cuales son las funciones del Ministerio Fiscal.

            EL Ministerio Fiscal es una institución del Estado integrada en el Poder Judicial que principalmente tiene encomendada la función de promover la acción de la justicia en defensa de la ley, los derechos de los ciudadanos y el interés publico sin olvidar su función como garante de la independencia de los Tribunales y la observancia de estos últimos a la protección de los derechos sociales.

            Esta institución del Estado está presente en la Constitución Española mediante el artículo 124 el cual dispone que “El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad. La ley regulará el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal.”  De  su lectura se desprende por un lado, algunos de sus principios rectores como los de unidad de actuación (único para todo el estado y por medio de órganos propios), dependencia jerárquica, legalidad e imparcialidad y por otro lado, que la regulación específica y concreta  de la institución se recoge mediante Ley orgánica, en concreto la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Esto, sin olvidar lo que contiene el artículo 541 de la LOPJ, es toda la regulación legal del Ministerio Fiscal.

            Pues bien, podemos destacar como nota característica de esta institución, que, a diferencia de lo que sucede con jueces y magistrados que son independientes e inamovibles, el Ministerio Fiscal está sujeto a jerarquía, ocupando su máximo escalafón el Fiscal General del Estado nombrado nombrado por el rey, a propuesta del gobierno entre juristas con más de 15 años de ejercicio y reconocido prestigio, previa pronunciación acerca de su idoneidad  por parte del CGPJ.             El resto de quedan divididos en tres escalas compuesta por Fiscales del Tribunal Supremo, Fiscales de Sala y, en la base, el abogado-Fiscal.

            El Fiscal General está asistido por un Consejo Fiscal compuesto por los más altos miembros del cuerpo y que tienes funciones de informar sobre anteproyectos que afecten a su estructura u organización así como de la propuestas de nombramientos.

            El sistema de acceso es mediante oposición es común tanto para jueces como para fiscales.

            En cuanto a las funciones, de manera general, en cualquier orden en que actúen, son las de impulsar los procesos y velar por el cumplimiento de plazos procesales, defender la independencia de jueces y tribunales, por el respeto a los Derechos y libertades y velar por el eficaz cumplimiento de las resoluciones judiciales.

            Por tanto, es errónea la idea de que el Ministerio fiscal defiende a tal o cual persona puesto que lo cierto es que actúa en interés y defensa del interés general , en defensa de todos como garante del cumplimiento de la ley. Por ello, son parte en juicios por delitos públicos o semipúblicos es decir, aquellos que pueden ser perseguidos de oficio o aquellos que solo pueden ser perseguidos cuando exista denuncia del ofendido ( la gran mayoría d ellos delitos son públicos o semipúblicos a excepción de los delitos de injurias y calumnias que son puramente privados) ejercitando tanto acciones penales como civiles.

            Estas son algunas claves para entender mejor que es, quienes forman parte del Ministerio Publico y cual es su labor.

            Fernando A. Fernández Velo.

            Abogado.