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Se acabó la fiesta en el Parque María Luisa Copiar

SE ACABÓ LA FIESTA EN EL PARQUE MARÍA LUISA

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La reciente providencia del Tribunal Supremo, dictada el 18 de septiembre de 2024, apoyando así mismo a la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, confirma la extinción de la concesión otorgada por el Ayuntamiento de Sevilla a esta empresa, responsable de los locales Bar Líbano y Restaurante Casa del Estanque en los Jardines de las Delicias. Estos establecimientos, situados en el emblemático Parque de María Luisa, han sido el centro de un prolongado conflicto sobre la gestión de concesiones públicas. A continuación, se realizará un análisis jurídico-administrativo de esta resolución y sus implicaciones legales.

El Parque de María Luisa, donado a Sevilla en 1893 por la Infanta María Luisa de Borbón, es uno de los principales pulmones verdes de la ciudad, con un diseño paisajístico de estilo romántico a cargo del jardinero Claudio Boutelou. En este entorno privilegiado, el Ayuntamiento concedió en abril de 2011 a Adriano Díez S.L. la explotación de ambos locales. La concesión se fijó inicialmente con una duración de ocho años, comenzando tras la realización de una serie de reformas acordadas como parte de las cláusulas contractuales. Sin embargo, al llegar la fecha de finalización, en febrero de 2022, surgieron discrepancias que llevaron a un prolongado litigio entre la empresa y el Ayuntamiento. El origen de la disputa radica en la negativa del Ayuntamiento a una solicitud de «restablecimiento económico» presentada por Adriano Díez S.L. en 2020, lo que desencadenó un conflicto legal que terminó en los tribunales, y que tras varias sentencias, concluyó el Tribunal Supremo a favor del Ayuntamiento de Sevilla.

Este caso nos lleva a reflexionar sobre un dilema clave: ¿hasta qué punto debe priorizarse la protección del interés público en espacios emblemáticos como el Parque de María Luisa, considerado patrimonio histórico, frente al desarrollo económico, empresarial y de ocio en estos entornos?

La postura del Tribunal Supremo en el conflicto entre el Ayuntamiento de Sevilla y la empresa Adriano Díez S.L. se centra en la extinción de la concesión de los locales Bar Líbano y Restaurante Casa del Estanque, ubicados en los Jardines de las Delicias. Esta providencia, firme, concluye un largo litigio en el que todos los tribunales, incluido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), concretamente en la Sentencia 627/23, han fallado a favor del Ayuntamiento, desestimando las pretensiones de la empresa concesionaria.

La concesión, otorgada en 2011 por un periodo inicial de ocho años, debía haber concluido en febrero de 2022, según lo acordado con la empresa. Sin embargo, Adriano Díez S.L. solicitó un restablecimiento económico de la concesión en 2020, petición que fue denegada por el Ayuntamiento, lo que provocó el inicio de una disputa legal. En este proceso, tanto el juzgado de lo contencioso-administrativo como el TSJA confirmaron que la concesión debía finalizar en la fecha establecida, sin que procediera la extensión solicitada por la empresa. Tribunal Supremo dictó providencia desestimando el recurso de casación interpuesto por la empresa, ratificando así las decisiones anteriores y reforzando la legitimidad del Ayuntamiento de Sevilla en su derecho a recuperar estos espacios públicos tras el vencimiento de la mencionada concesión.

Los argumentos de la concesionaria se basaban en presuntos sobrecostes imprevistos y obras adicionales, pero el tribunal concluyó que estos imprevistos no justificaban una prórroga de la concesión. La Sala ratificó la importancia de los plazos y las condiciones estipuladas inicialmente, y que el Ayuntamiento actuó dentro de su competencia para recuperar el espacio al vencerse la concesión; «Desestimó el recurso contencioso-administrativo por considerar que, en cuanto a la necesidad de redactar un modificado del proyecto y la dilación que ello supuso, ya obtiene compensación en la interpretación hecha por la Administración respecto al inicio de la concesión, que la lleva no al inicio del contrato, en 2012, sino al inicio de la obra, en 2014»

En términos jurídicos, se subraya la importancia del cumplimiento estricto de los plazos estipulados en las concesiones administrativas y la capacidad de la administración para rechazar solicitudes de modificaciones que no tengan un fundamento claro. En este caso, Adriano Díez S.L. argumentó que las obras realizadas en los locales y ciertos imprevistos en la ejecución de las reformas justificaban la ampliación del periodo de explotación, pero los tribunales consideraron que estos motivos no alteraban las condiciones originales de la concesión. Así, el principio de seguridad jurídica prevalece en la protección de los intereses públicos frente a modificaciones unilaterales solicitadas por concesionarios privados.

Este caso plantea una reflexión más amplia sobre la gestión de los espacios públicos, en particular aquellos de alto valor patrimonial, como los Jardines de las Delicias, parte del Parque de María Luisa. Aquí surge un conflicto evidente entre dos intereses legítimos: la protección del patrimonio público y su adecuada conservación frente a la promoción del desarrollo económico, empresarial y de ocio, que también juega un papel importante en la vida social y económica de la ciudad. El Bar Líbano y la Casa del Estanque no solo eran puntos de referencia en la oferta de ocio nocturno y restauración de Sevilla, sino que también generaban empleo y dinamizaban la economía local. No obstante, la ubicación de estos locales en un espacio de gran valor histórico y natural, como los Jardines de las Delicias, hace necesario equilibrar ambos intereses.

En este caso concreto, la posición de los tribunales se orienta claramente hacia la protección del patrimonio público, justificando el desalojo de los locales al considerar que su explotación podría comprometer la integridad de este espacio histórico. A lo largo del tiempo, se ha planteado la duda sobre si la actividad de ocio nocturno en la terraza Líbano y la explotación del restaurante Casa del Estanque eran realmente compatibles con los esfuerzos de preservación de un parque de diseño romántico y con un valor cultural innegable. El hecho de que la empresa concesionaria no haya podido acreditar de forma convincente un perjuicio económico que justificara la ampliación de la concesión refuerza la idea de que la prioridad debe ser la conservación de estos espacios frente a los intereses empresariales privados.

Si bien durante la vigencia de la concesión no se ha percibido que la explotación de estos locales ocasionara un daño significativo desde el punto de vista medioambiental o patrimonial, la postura judicial reafirma la responsabilidad de la administración de garantizar que, una vez expirado el contrato, se priorice la recuperación y preservación del patrimonio público. Esto significa que, aunque el desarrollo económico resulta esencial, particularmente en sectores como el ocio y la restauración, debe estar subordinado a la conservación del entorno y al respeto por los valores históricos y culturales del espacio en el que se desarrolla.

En el ámbito de la protección del patrimonio público, resulta innegable que debemos velar por la conservación de los espacios que conforman la riqueza cultural y ambiental de nuestras ciudades. Sin embargo, no podemos obviar que Sevilla, como otras ciudades históricas, vive en gran medida del turismo y del ocio, sectores esenciales para su desarrollo económico. Es necesario encontrar un equilibrio entre la preservación de estos entornos y la promoción de actividades que beneficien a la comunidad y atraigan visitantes.

Dicho esto, somos nosotros, los ciudadanos, quienes debemos asumir la responsabilidad de disfrutar de estos espacios de manera respetuosa. Lugares emblemáticos como Líbano Terraza y la Casa del Estanque no solo son testimonios del patrimonio, sino también entornos excepcionales que tenemos el privilegio de disfrutar. Debemos ser conscientes de lo afortunados que somos al disponer de estos sitios para nuestro uso y disfrute, y con ello, comprometernos a protegerlos y a fomentar un comportamiento ejemplar.

Posible nombre:

Patrimonio/Historia VS Ocio: El Supremo cierra capítulo en los Jardines de las Delicias.

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