Hace muy poco saltó la alarma social, incluso en la campaña de Navidad una conocida marca, lanzó un anuncio donde los protagonistas expresaban un deseo y este se cumplia ante sus ojos en forma de anuncio.

Desde que surgió en los móviles el llamado “asistente de Google”, cuando decimos “Ok, Google” se pone en marcha el mecanismo de reconocimiento de voz individual, para de esta forma prestarnos un servicio, pero incluso podemos decir que este registro de voz lo realiza nuestro móvil aun incluso sin que estemos conectados a internet. Y la pregunta es ¿ Porque le interesa a Google esta aplicación? Muy sencillo, con ella consigue conocer al momento los gustos de los usuarios y asi ofrecernos en publicidad algo que nos puede interesar.

Pero, ¿es esto legal? ¿Porque el audio de tu móvil puede activarse y grabarte sin que tú lo consientas? Evidentemente no es legal, como muchas veces no es prueba en juicio una grabación inconsentida; Abogados especialistas en esta área (Parra) consideran que la Constitución española consagra el derecho fundamental al secreto de nuestras comunicaciones no siendo necesario ni que lo que comuniquemos sea ‘un secreto, aplicándose este derecho a la comunicación con independencia de su contenido”. así “como derecho fundamental que es, tiene unos mecanismos de defensa y protección, especialmente en el ámbito penal, que según el caso podría llevar aparejada una pena de prisión de cuatro años”.

Con ello podemos decir que demostrar ese uso indebido evidentemente es delito, pero que hacer… Ante todo como ocurre en las redes, compartir aquello que nosotros queramos que sea público ante la cantidad de aplicaciones que ya tenemos en el móvil y ante cualquier violación de intimidad, denunciar

Por otro lado desde Cirineo Abogados hemos creado un área específica relacionada con los delitos surgidos por el uso del móvil, ante la demana de nuestros clientes. En este sentido también me interesaba reseñar aquellas actividades delictivas que se están cometiendo y que como tal atendemos en cualquier caso, entre los que hemos detectado.

Dicen los expertos que pasamos alrededor de 5 horas al día utilizando distintas redes sociales, incluso ya más de una vez hemos oído de compañeros nuestros que “realmente no necesito ni tan si quiera una oficina ya que llevo todo lo que necesito en mi móvil”.

¿Pero cuales son los delitos a los que nos referimos?.

1.- El delito de suplantación de identidad

La creación de cuentas falsas para conectar via Whatsapp o incluso hacerse pasar gracias al icono del perfil por otras personas distintas a las que realizan la comunicación. Ello supone para el delincuente según entiende el anonimato ante el receptor de mensajes ya que los distintos programas te permiten en cualquier caso incluso tener varias “cuentas”

2.- Envio de virus o ataques informáticos a los programas

Nuestros móvil pueden ser objetivo de ciberdelincuentes que intentan acceder a nuestros datos personales y confidenciales mediante mensajes falsos que muchas veces abrimos. Y mucho más grave resulta si hablamos de claves, cuentas bancarias, paypal o información de este tipo.  Existen aplicaciones que instalándolas en el terminal permite acceder por completo a todos los datos que tenga un dispositivo

3.- Más recientemente lo que los expertos llaman el sexting y el ciberbullying a menores: Ya que estos móviles cada vez más tienen aplicaciones en las que grabar una persona, escena o fotografiarla es lo más sencillo, automáticamente después se comparte en décimas de segundo en redes y se comparten escenas de contenido sexual inconsentido por la victima o simplemente para la burla o daño de imagen cuando se trata de menores. Los móviles tiene ya aplicaciones por las que retransmites en directo o compartes simultáneamente. La gravedad de estos hechos es extrema ya que incluso hemos conocido auténticas barbaridades que después esas imagines se han convertido en “viral” por la expansión absoluta del hecho.

4.- Por último referirnos a que un simple robo del móvil nos plantea un nuevo tipo de delincuencia.

Según datos de la Policía Nacional solo en los servicios públicos de transporte de una ciudad como Madrid, se registra cada año unos 3.500 hurtos relacionados con móviles, tablets o portátiles. ¿Qué valor tiene la información que poseemos en estos dispositivos? ¿Qué utilización podrían hacer de “nuestra memoria”? impensable…

Y no olvidemos que recabar información sin consentimiento del móvil de una pareja, un amigo o cualquier persona sin su autorización supondría acoso.

Solo reflexionar para terminar este breve ensayo, en el que solo hemos querido poner el problema en cuestión encima de la mesa, que los despachos de abogados, han de estar preparados para esta situación  que no tiene fin y nos obliga a en profundidad lo que llamamos las “nuevas tecnologías”

 Javier Alés. Cirineo Abogados.