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La co-mediación: cuando cuatro ojos ven más que dos y el papel del Abogado

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Cuando hablamos de co-mediación lo más importante al día de hoy, es que sigue suponiendo un auténtico reto profesional para mediadores, porque en cualquier caso deben consensuar la importancia de compartir una similar concepción acerca de las funciones de ambos van a desempeñar en el proceso, en cuanto al rol a cumplir y  los objetivos de la tarea a desarrollar en el mismo.

Los participantes, respecto de un único mediador, pueden percibir situaciones distintas según se desarrolle el proceso de mediación. Asi podemos ver:

•         Cierta identificación con el mediador: «… que suerte que estoy con alguien como yo..»

•   Otras veces situaciones de dependencias: «… él me dirá y me ayudará a resolver mis problemas…»

•       Quizás en algún momento situaciones de enfados: «… éste mediador no entiende lo que me pasa por más que se lo explico y solo me pregunta…», “¿Qué prefiere la versión de la otra parte?”

•          A veces  desconfianzas: «… no me fio mucho si al final le da igual si llegamos a un acuerdo o no…».

Es por estas y otras cuestiones por las que en más de una ocasión, es una buena propuesta hablar de co-mediación ya que da la posibilidad de que estas situaciones no se produzcan y sobre todo surja un equilibrio en la negociación al aparecer al menos dos mediadores y asi, estos sentimientos pueden presentarse por separado, disociándose, de manera tal que la carga emotiva en juego, resulte más débil, y al mismo tiempo, no dificulte la mediación.

La Co-mediación logra objetivos muy claros que dependiendo del tipo de conflicto hace que sea más que recomendable. Hablamos por ejemplo de ser un aliciente por ejemplo de formación a mediadores noveles que han de aprender “mediando” y para ello nada mejor que unirse a un “senior” en estas lides. Por otro lado es muy útil para supuesto de proporcionar un equilibrio en la negociación, quizás para conseguir que ambos se sientan representados (ambas partes) y no estamos diciendo una negociación con representantes… entiéndase como que por ejemplo en situaciones de distintas culturas, o sexo, se vean reflejados cuando lo sean de la suya o en su caso seamos hombre y mujer.

Tambien con este tipo de trabajo podemos conseguir  aumentar la gama de técnicas a utilizar, pero sobre todo para mi lo más importante: conseguir la supervisión de nuestro trabajo (4 ojos ven más que dos) y cambiar muchas veces la dinámica del proceso

Asi el equipo colegiado compuesto por dos mediadores/as , proporciona equilibrio, apoyo y un importante debate técnico constructivo, pero no olvidemos que debemos estar muy bien “engrasados”.

Por otro lado podemos hablar de una CO-MEDIACIÓN INTERDISCIPLINAR,  como aquella que ofrece un abanico de especialización más amplia, una Intervención en temas interrelacionados, con mayor creatividad en la generación de opciones y formas estratégicas de dar información. Para ello hablamos de mediadores cuyo origen son de formación distintas (por ejemplo abogado y psicólogo o educador)

Hay que tener en cuenta que las personas en conflicto tienen necesidades variadas. Se puede acudir a un mediador especialista en el tema del conflicto pero en equipo, quizás funcione mejor. La persona en conflicto es una persona compleja. Puede elegir un modelo de mediación que atiende a su problema multi-problemática.

La interdisciplinariedad facilita que existan mas puntos de acceso a la mediación ya que hay mas personas que abordan las cenizas del conflicto. No obstante abordar los escenarios del proceso según la metodología seleccionada por los mediadores también supone una importante des-ventaja.

¿Cuáles?, terminamos este breve post, hablando quizás del coste en detrimento del mediador o mediados; la logística entre ellos; el tiempo dedicado al conflicto y su rentabilidad; la competición o confusión entre nosotros mismos; o la división y toma de partido en algún caso…

¿Y el rol del abogado como se ve afectado en un proceso de mediación y/o de co-mediación?.

Tambien mucho se escribe sobre este aspecto, porque el abogado de las partes tienen que cumplir un rol fundamental. Bien entendido no solo de asesorar a su cliente, sino fundamentalmente de búsqueda de consenso con el/los mediadores, eso significa que podríamos estar hablando (y ya en algún momento hemos tenido este asunto en nuestro despacho profesional) de una intervención en una negociación no interdisciplinar (propuesta de interés como ya hemos mencionado en la co-mediación, sino de carácter INTERPROFESIONAL, donde el mediador como profesional, comparte las vías propuestas de solución que validan las partes, con los abogados de las mismas, ¿difícil reto verdad?, pero ya se avanza cada día más en un aspecto concreto que otro día debatiremos en nuestro blog: “el derecho colaborativo”.

Por eso no quiero más que crear un ambiente de reflexión alrededor de la co-mediación,  en el que se puedan redescubrir y cuestionarse los elementos del esquema conceptual y operativo de los Mediadores para trabajar juntos en un caso común.

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