En el ámbito del derecho tributario, es fundamental que las autoridades competentes emitan
notificaciones de sanciones debidamente motivadas, lo que implica proporcionar una explicación clara y precisa de las razones que respaldan la imposición de dichas sanciones. Lamentablemente, en muchos casos nos encontramos con notificaciones que carecen de una motivación adecuada, lo cual dificulta la comprensión de los fundamentos de la sanción impuesta.

Sin embargo, es importante destacar que el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) se ha pronunciado favorablemente en relación con la necesidad de una motivación adecuada en las disposiciones sancionadoras. En una Resolución de fecha 18 de febrero de 2016, el TEAC unificó criterios y rechazó cualquier automatismo en la apreciación de la culpabilidad en las sanciones tributarias. Expresiones como «existencia de mínima culpabilidad necesaria para que pueda entenderse cometida la infracción tributaria» o «se aprecia una omisión de diligencia exigible» fueron consideradas por el TEAC como fórmulas genéricas y estereotipadas que no cumplen con los requisitos de motivación adecuada.

En este sentido, basándonos en los criterios establecidos por el Tribunal Supremo en su jurisprudencia (12 de julio de 2010, Rec. no. 480/207), es necesario que una resolución sancionadora cumpla con ciertos condicionantes para considerarla adecuadamente motivada. Estos condicionantes incluyen que la conclusión esté inferida de elementos conocidos y derivada de ellos, que se realice de forma razonada utilizando procesos deductivos o inductivos, y que sea suficientemente explicada para evitar que cada lector deba fabricarse su propia explicación detallada de los hechos y reglas jurídicas.

Es muy importante destacar que el uso de fórmulas genéricas, como la mencionada anteriormente, no es válido para motivar una sanción tributaria. Estas fórmulas pueden ser utilizadas en cualquier caso y con cualquier obligado tributario, sin realizar un análisis específico. Al emplear dichas fórmulas, no se cumple con el requisito de probar y explicar el elemento subjetivo, lo cual traslada la carga de la prueba al obligado tributario. Además, estas fórmulas carecen de adecuación al caso concreto y no permiten considerar el juego de las circunstancias concurrentes de manera adecuada.

En conclusión:

La motivación en las sanciones fiscales es un aspecto esencial para garantizar la transparencia y justicia en el ámbito tributario.

Las notificaciones de sanciones deben cumplir con los criterios establecidos por la jurisprudencia, evitando el uso de fórmulas genéricas y proporcionando una explicación razonada, suficientemente explicada y basada en las circunstancias concurrentes. Solo de esta manera se podrá asegurar que los contribuyentes comprendan las razones detrás de las sanciones impuestas y tengan la oportunidad de ejercer sus derechos de manera efectiva.