Definido en el Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio, como como un instrumento de financiación de empresas que se caracterizan por la participación de la entidad prestamista en los beneficios de la empresa financiada, además del cobro de un interés fijo. Está considerado una figura intermedia entre los fondos propios de la empresa y los recursos ajenos.

  1. Ventajas del préstamo participativo.

Entre los beneficios de los préstamos participativos destacamos los siguientes:

  • Los préstamos participativos se consideran patrimonio neto a los efectos de reducción de capital y liquidación de sociedades previstas en la legislación mercantil. Esto implica, que empresas que no puedan consolidar fiscalmente debido a un desequilibrio patrimonial por deterioro del mismo, mediante la aportación de un préstamo participativo se podría sanear su situación patrimonial, y por tanto reintegrar a la prestataria en el grupo fiscal, de manera que las pérdidas de ésta se puedan incluir en la base imponible consolidada, con el consiguiente ahorro fiscal para el impuesto del grupo.
  • Posibilidad de interés flexible en función de distintos criterios de evaluación, de acuerdo al beneficio neto anual u otro tipo de variable establecida. Generalmente existe un mínimo y máximo fijos. Así las cuotas que debe pagar la empresa se adaptan a su rendimiento económico, de una forma mucho más flexible que los préstamos generales.
  • Los periodos de carencia son mayores, pudiendo alcanzar hasta los 7 años, para facilitar la recuperación económica del emprendedor.
  • Requisitos de acceso más asequibles, vinculados al plan de negocio de la empresa y a la viabilidad del proyecto, en puesto de optar por garantías hipotecarias o personales.
  • Las comisiones e intereses vinculadas a los préstamos participativos resultan deducibles sobre la base imponible del Impuesto de Sociedades.
  • Tienen carácter subordinado frente al resto de acreedores en caso de que la empresa se encuentre con falta de solvencia o liquidez económica. Esta es una de las principales ventajas de los préstamos participativos, como facilidad para enfrentar las deudas que pueda generar el negocio durante su recorrido.
  • Inconvenientes de los préstamos participativos:

No obstante, al margen de los beneficios que en el punto anterior destacábamos, los préstamos participativos también entrañan una serie de inconvenientes o desventajas que no debemos perder de vista.

  • Se desconoce cuál es el coste del préstamo real con exactitud, al no ser fijo y depender del balance y resultados económicos que la empresa obtenga con su rendimiento.
  • En caso de que la empresa obtenga resultados positivos, deberá abonar un interés más alto en la mayoría de los casos, frente a los préstamos de carácter general.
  • La financiación resulta más cara tras las suma de los intereses fijos y variables asociados al préstamo.
  • Posibilidad de que el prestamista pueda adquirir mayor presencia en la directiva de la empresa, asistiendo a las Juntas o Consejos de Administración, con voz, aunque sin voto.
  • Creación de una reserva económica con carácter anual para pagar el préstamo concedido, con parte de los beneficios obtenidos, ya que habría que hacer frente al pago del principal, así como, a los intereses devengados.
  • Entrega de informes sobre los estados financieros de la empresa al representante de la entidad responsable del préstamo participativo, a modo de garantía para su recuperación.
  • A efectos prácticos, la normativa exige que para que un grupo de empresas pueda consolidar fiscalmente, todas las empresas del grupo deben de tener un patrimonio saneado, de forma que si alguna de las empresas se encontrara en un situación en la que su patrimonio neto estuviera por debajo del 50% del su capital social, esta empresa no podría consolidar fiscalmente en el grupo y por tanto, las pérdidas de ésta no podrán compensar la base imponible consolidada del grupo con el consiguiente ahorro fiscal que eso pudiera suponer.
  • Conclusión

En resumen, a todo lo anterior, podríamos decir que el préstamo participativo es una forma de financiación de la empresa, que se encuentra a caballo entre la autofinanciación y la financiación mediante recursos ajenos.

Si bien es cierto que este medio de financiación presenta muchas ventajas como hemos expuesto anteriormente, habría que prestar especial atención a las posibles desventajas que pudieran aparecer, o ser conscientes de que mediante este instrumento podrían entrar a nuestra sociedad nuevos socios.

Por todo lo expuesto, habría que sopesar las ventajas e inconvenientes en cada caso concreto para decantarnos o no por este medio de financiación para nuestra empresa.